martes, 24 de junio de 2008

Vecino debe indemnizar a peaton porque se cayó por la vereda rota

La Cámara Civil porteña aseguró que "siempre que la acera se encuentre rota o que genere riesgos para los peatones, el frentista debe efectuar esa denuncia ante la dirección correspondiente y de no hacerlo resulta también responsable", en caso de accidentes que sufran peatones que pasen por allí. Por esa razón, los integrantes de la Cámara condenaron a una empresa de venta de electrodomésticos a pagar una indemnización de 29.100 pesos tras un accidente sufrido por una mujer que caminaba por la vereda. "Si bien es cierto que la Comuna es la propietaria de la acera, siendo éstas de dominio público del estado Municipal y que las distintas municipalidades tienen la obligación de construirlas y conservarlas en buen estado, también es cierto que la Comuna ha delegado, por Ordenanza, la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de la veredas a los propietarios frentistas", consideró la Sala F del Tribunal. Así lo hizo la Cámara al resolver una demanda iniciada por una mujer de 64 años, que sufrió fracturas en el tobillo izquierdo al caer debido al mal estado de una rampa para discapacitados ubicada sobre la avenida Santa Fe, en la intersección con la calle Larrea, en esta capital.En primera instancia, el juez condenó al Gobierno Porteño pero no así a la empresa en cuestión, propietaria frentista.Los camaristas Fernando Posse Saguier, José Luis Galmarini y Eduardo Zannoni aclararon que sólo hay excepciones "cuando en los casos que la acera sea afectada por obras de empresas de servicios públicos, debiendo las mismas y la municipalidad, entregar al propietario frentista constancia del deterioro ocasionado, pudiendo acreditar de ese modo que está exento de responsabilidades ante cualquier circunstancia en que se le formularan imputaciones".

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